Accidente

Accidente, acción o suceso eventual que cambia el orden regular de las cosas de modo involuntario del cual resulta daño para las personas o las cosas. En Derecho penal, se entiende que hay accidente en el momento en que la circunstancia se causa sin dolo ni culpa y por ello no es punible.

En el ámbito laboral, se juzga accidente de trabajo toda contusión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Dentro de las lesiones corporales se hallan desde luego las afecciones que contraiga el jornalero con motivo de la realización de su obra e inclusive los agravamientos de afecciones y defectos que se padecían con precedencia. Por otra parte, el que la contusión se produzca con ocasión o a consecuencia del trabajo, se entiende de forma holgada y no hace falta que su causa sea laboral en sentido estricto, abarcando las que se produzcan durante actividades marginales igualmente conectadas con el trabajo, como cursillos de perfeccionamiento o en la práctica de deportes promocionados por la compañía. Dentro de esta categoría laboral se tipifica el de accidente in itinere, en el momento en que el jornalero lo padece al ir o al regresar del centro de trabajo. La relevancia de calificar como laboral un accidente arraiga en el tratamiento privilegiado que reciben éstos en el marco de la Seguridad Social, fundamentado en el menester de protección de los apuros del trabajo y en la compensación para quienes aguantan secuelas negativas para su salubridad. En muchos países donde la organización sindical democrática es frágil o que no existe, por lo general, estas leyes no se observan ni se cumplen.

En la sociedad moderna hay otro tipo de accidentes que sobresalen por su frecuencia, arribando a ser una de las primordiales desencadenantes de fallecimiento en las sociedades desarrolladas los asociados con el tráfico automovilístico. En el derecho penal existen figuras tipificadas de quebrantamientos contra la seguridad en el tráfico rodado, en el momento en que se conduce bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes, o con temeridad manifiesta y otros supuestos de producción de apuro en las vías públicas. En el ámbito del Derecho civil se ha impuesto una prominente tendencia objetivista en la regulación de la responsabilidad civil, para abastecer la indemnización a las víctimas de este tipo de accidentes.

— 59 visualizaciones.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *