Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio

Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (en inglés, General Agreement on Tarifs and Trade, GATT), tratado sellado en la Conferencia Arancelaria de Ginebra en 1947 por los representantes de 23 países no comunistas. El destacado logro de este pacto fue la producción de un foro internacional focalizado en el incremento del comercio multilateral y a la determinación de los conflictos comerciales internacionales. Este pacto reemplazó a una propuesta de producción de una Organización Internacional de Comercio de las Naciones Unidas que no se constituyó por causa de las tensiones generadas por la Guerra fría. El GATT entró en vigor en enero de 1948, y se fueron adhiriendo gradualmente más países. En 1988, 96 países, que acaparaban la mayoría del comercio internacional, pertenecían al GATT, mientras que otros tenían pactos individuales incluyendo adhesiones de facto al tratado. Los integrantes del GATT han llevado a cabo, desde 1947, ocho ponencias arancelarias, denominadas ‘rondas’. La séptima ronda, conocida como Ronda Tokyo, finalizó en 1979. La octava ponencia arancelaria, denominada Ronda Uruguay, se inició el 15 de septiembre de 1986 y se clausuró el 15 de diciembre de 1993, con un pacto que incluía la sustitución del GATT por la Organización Mundial del Comercio (OMC) a partir del 1 de enero de 1995.

2 POLÍTICAS COMERCIALES

Los integrantes del GATT estudiaron y propusieron medidas que minimizaran las barreras comerciales, tanto las nuevas como las ya existentes, incluyendo la reducción de los aranceles a la importación, así como los contingentes de importación, aboliendo los pactos comerciales preferentes entre los países integrantes. Las concesiones arancelarias se negociaban bajo el principio de reciprocidad. Una concesión arancelaria en relación a un determinado producto se aplicaba a todas las partes contratantes, aunque se podía requerir una cláusula de salvaguarda para remover una concesión inicial en caso de que la reducción arancelaria desencadenara graves conflictos a la industria nacional. Una de las características elementales del GATT es el principio de no discriminación comercial entre los países integrantes. Todos los países asociados al GATT negociaron una política de país más favorecida entre todos los integrantes. Las naciones constituyentes negociaron procurar a todos los demás integrantes de la misma manera. Todos los aranceles, reducidos o no, se incluían en esta política. Los integrantes del GATT persiguen, en teoría, la abolición de todas las barreras proteccionistas no arancelarias. El primer intento de supresión de estas barreras se llevó a cabo durante las charlas de la Ronda Kennedy (1964-1967). A lo largo de las rondas Tokyo y Uruguay se volvió a insistir en el menester de disminuir estas barreras.

3 REFORMAS DEL GATT

Las iniciales reformas significativas del Tratado se ratificaron en 1955. Los países integrantes negociaron tomar medidas más severas en relación a los subsidios a la exportación y a la limitación de las importaciones. A lo largo de la década de 1960, el GATT fue reformado nuevamente con el propósito de evidenciar el ascendente interés que los países desarrollados tenían en lo tocante a los conflictos comerciales de los países menos desarrollados. Gracias a estas reformas, los países más desarrollados no se encontraban empujados por el principio de reciprocidad a igualar a las concesiones arancelarias producidas por otros integrantes. En la Ronda Uruguay se desarrolló la reforma más significativa: la sustitución del GATT por la OMC.

4 EL GATT Y LA OMC

A pesar de que se creó para reemplazar al GATT, la OMC incorpora todas las medidas del tratado único y las siguientes reformas, revisadas y mejoradas, denominándose GATT 1994. La OMC amplía el mando del GATT a nuevas áreas, como el comercio de servicios y de la propiedad intelectual, y suministra un marco legal a nivel internacional para reforzar las medidas del GATT. Puesto que la OMC desarrolla el Acta Final de la Ronda Uruguay, está, de facto, perpetuando la organización y decisiones del GATT bajo una nueva estructura reforzada. Lo cierto es que, el GATT en sí no era más que un tratado provisional administrado por una secretaría improvisada, sin embargo ha sido cambiado de forma efectiva en una organización internacional con plenos poderes.

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